- Ene 10, 2019
- Normativa
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El nuevo Reglamento de instalaciones de protección contra incendios (RIPCI), vigente desde 2017, supone una mejora tanto para los usuarios como para el sector.
Con él, se potencia la profesionalización del sector, elevando la calidad del servicio prestado y exigiendo la cualificación adecuada a mantenedores e instaladores,
evitando así el intrusismo en el sector.
https://www.boe.es/boe/dias/2017/06/12/pdfs/BOE-A-2017-6606.pdf
El reto para las empresas mantenedoras de contraincendios es adaptarse de manera eficaz y eficiente a la nueva normativa, observando tanto los requerimientos que plantea en cuanto a los medios materiales necesarios para poder seguir manteniendo su actividad, pero también teniendo en cuenta la necesidad de tener el personal con la titulación y formación adecuada.
¿Qué puede hacer un técnico con formación específica que no pueda hacer mi mantenedor de toda la vida?
Con el paso del tiempo varían las necesidades de contraincendios, en función de, entre otras, las siguientes razones:
- los recintos a los que se aplican las medidas de protección contraincendios tienen nuevas características (materiales y de disposición)
- los materiales que se utilizan para las actividades comerciales o de construcción son nuevos e implican un riego intrínseco diferente.
- las normas de seguridad se adaptan para alcanzar nuevos estándares de calidad y protección.
- las técnicas de mantenimiento se perfeccionan para reducir costes
Aquí es donde cobran sentido las exigencias del reglamento en cuanto a la formación del personal que realiza el mantenimiento. No por haber hecho algo durante mucho tiempo, un mantenedor tiene la capacidad de seguir realizando su trabajo con los estándares de calidad deseables.
Tener un Ingeniero en plantilla, y no simplemente uno externo, siempre es una garantía de calidad de las actuaciones, pues garantiza que las mismas se hacen con la observación por parte del personal cualificado de todas las fases del proyecto, desde la proyección a la supervisión de la instalación o el celoso cumplimiento de la norma en los mantenimientos. Cuando el ingeniero sólo pasa por la empresa a firmar, sin haber sido parte del proyecto en ninguna de sus fases, ni haber «pisado» la obra o instalación, no podemos estar seguros de la viabilidad de ese proyecto, con las consecuencias que en caso de cualquier incidente tome la administración tanto con el firmante como con el titular de instalación.
Con la entrada en vigencia del nuevo reglamento esto ya no es una elección de la empresa, sino una exigencia que las empresas de mantenimiento deben adoptar, y de lo que nos beneficiaremos todos los usuarios.